Se habilita un acceso extraordinario a la prestación por desempleo para artistas encuadrados en el RGSS que no se encuentren afectados por ERTE de suspensión de contratos y reducción de jornada (RDL 8/2020), pero que se encuentren en periodo de inactividad como consecuencia del cierre establecido de los locales o instalaciones donde desarrollan sus actividades profesionales, provocado por el COVID-19. Y ello aunque no tuviesen cotizado lo suficiente para acceder a la prestación ordinaria de desempleo, siempre y cuando hubiesen tenido al menos 20 días de actividad.
Se prevé la aprobación, antes de 29-6-2019, de una nueva normativa que sustituya al RD 1435/1985 sobre relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos.
Base máxima de cotización para los artistas y profesionales taurinos para 2018.
Base máxima de cotización para los artistas y profesionales taurinos para 2017.
A partir del 1-1-2016, la base máxima de cotización por contingencias comunes para los artistas y los profesionales taurinos es de 3.642,00 euros/mes.Se mantiene lo dispuesto acerca del carácter anual del límite máximo de las bases de cotización en razón […]
Base máxima de cotización para los artistas y profesionales taurinos para 2015.
Base máxima de cotización para los artistas y profesionales taurinos para 2014.
Base máxima de cotización para los artistas y profesionales taurinos para 2013.
Determinados bienes y servicios que hasta ahora tributan al tipo reducido del 8% del IVA pasan, a partir del 1-9-2012, a tributar por el tipo general del 21%.