Novedades respecto al contenido de las facturas completas a partir del 1-1-2013

Con efectos desde el 1-1-2013, se han aprobado una serie de modificaciones con el fin de simplificar el contenido de la factura completa.

Modificaciones en el IVA de Araba

Se modifican diversos aspectos en el IVA de Araba para adaptarlos a la nueva regulación existente en el ámbito estatal.

Modificaciones en el IVA de Bizkaia

Se modifican diversos aspectos en el IVA de Bizkaia para adaptarlos a la nueva regulación existente en el ámbito estatal.

Modificaciones en el IVA de Gipuzkoa

Se modifican diversos aspectos en el IVA de Gipuzkoa para adaptarlos a la nueva regulación existente en el ámbito estatal.

Regímenes especiales del IGIC

Se modifican determinadas obligaciones contables, censales y formales exigibles en alguno de los regímenes especiales del impuesto.

Novedades en el IVA en Navarra

Con carácter general, se elevan los tipos impositivos y se amplía la base del IVA en Navarra.

Productos y servicios que pasan a tributar al tipo general del IVA

Determinados bienes y servicios que hasta ahora tributan al tipo reducido del 8% del IVA pasan, a partir del 1-9-2012, a tributar por el tipo general del 21%.

Tipo impositivo reducido: productos y servicios que pasan a tributar al tipo general del IVA

Determinados bienes y servicios que hasta ahora tributan al tipo reducido del 8% del IVA pasan, a partir del 1-9-2012, a tributar por el tipo general del 21%.

Ámbito objetivo de aplicación del régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección

Se introduce una modificación técnica en el ámbito objetivo de aplicación del régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para su adecuación a otras modificaciones operadas en la LIVA por el RDL 20/2012.

Deducibilidad del IVA por la adquisición de bienes sujetos al Régimen Especial de Bienes Usados

En las adquisiciones de bienes sujetos al Régimen Especial de Bienes Usados, el empresario destinatario de la operación no podrá deducir cuantía alguna por la operación.