El número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid es objeto de reforma atribuyéndose al área de gobierno de desarrollo urbano las competencias en las materias de:
– planeamiento urbanístico;
– gestión urbanística;
– licencias;
– control de la edificación;
– patrimonio municipal del suelo;
– política social de viviendas; y
– rehabilitación y regeneración urbana.
A este área se adscriben el organismo autónomo Agencia de actividades, y a través del área delegada de vivienda, la Empresa municipal de la vivienda y suelo de Madrid, S.A.
Su organización es la siguiente:
Coordinación general de desarrollo urbano | Dirección general de planificación estratégica. | – Subdirección general de evaluación urbana. – Subdirección general de renovación y proyecto de ciudad. – Subdirección general de innovación e información urbana. | – definir la estrategia de ciudad en materia de ordenación territorial, desarrollo urbano, regeneración y revitalización de la ciudad existente; – identificar, analizar y proponer nuevas áreas de oportunidad y puesta en valor de suelos y del espacio urbano, así como de ámbitos infrautilizados y vacantes; – identificar, analizar y proponer actuaciones para la renovación y regeneración urbana, dirigidas a mejorar la situación urbanística, la urbanización de los espacios libres y fomentar la rehabilitación de ámbitos residenciales y de actividad vulnerables; y – dirigir, coordinar e impulsar la definición y desarrollo de los sistemas de información urbanística y de la cartografía municipal. |
Dirección general de planeamiento. | – Subdirección general de actuaciones urbanas; – Subdirección general de planeamiento; y – Subdirección general de normativa. | dirigir, coordinar e impulsar la actividad de los servicios de su competencia en la definición y desarrollo del modelo de ordenación urbana del Plan General. | |
Dirección general de gestión urbanística. | – Subdirección general de gestión urbanística; y – Subdirección general de patrimonio municipal de suelo. | • Gestión urbanística: – Ejecutar el planeamiento aprobado en materia de equidistribución, obtención de terrenos para redes públicas en la forma que corresponda a su modalidad urbanística; – tramitar y resolver los expedientes relativos a parcelaciones urbanísticas; – emitir informe previo a la aprobación inicial de los proyectos de urbanización; -tramitar e informar los expedientes de expropiación forzosa; – tramitar y proponer la resolución de las solicitudes de reversión de fincas expropiadas; – representar al Ayuntamiento de Madrid en el Jurado Territorial de Expropiación de la Comunidad de Madrid; – formalizar y suscribir la documentación necesaria para la ejecución de las resoluciones y acuerdos adoptados en el ámbito de las competencias de gestión urbanística; – depurar física y jurídicamente los títulos de adquisición de suelo; – adoptar las resoluciones que exijan la ejecución y desarrollo del planeamiento y gestión urbanística en todas sus fases; – ordenar el desalojo de inmuebles por causa de expropiación y de gestión urbanística en el ámbito de sus competencias; – tramitar y formular las propuestas de suscripción de los convenios urbanísticos y elevar la propuesta de suscripción; – resolver los recursos contra los acuerdos adoptados por las Juntas de Compensación y demás Entidades Urbanísticas Colaboradoras; • Calidad e innovación de la urbanización: – establecer las normas técnicas y de calidad e innovación que deban cumplir las actuaciones de urbanización públicas y privadas; -Informar con carácter previo a su aprobación los proyectos de urbanización de iniciativa pública y privada; – Participar en la redacción, modificación y adaptación de los instrumentos normativos que afecten a la urbanización; y – Coordinar la ejecución y supervisión de los proyectos de urbanización públicos y privados y evaluar el resultado de los mismos a los efectos de mejorar la calidad y eficiencia del proceso urbanizador. | |
Dirección general de la edificación. | – Subdirección general de control de la edificación; y – Subdirección general de licencias. | – proponer al coordinador general la adopción de instrucciones en materia de control y disciplina urbanística; – fijar criterios de actuación común dictando instrucciones generales; – tramitar y resolver los expedientes relativos a la conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones; – ordenar el desalojo de inmuebles; – gestionar la inspección técnica de edificios; – ejercer las competencias derivadas y de disciplina urbanística y potestad sancionadora; – revocar sus actos; – proponer la adopción de instrucciones para el otorgamiento de licencias; – disponer los medios necesarios para garantizar el derecho de información urbanística; – evacuar los informes solicitados por otras Administraciones Públicas y relativos al procedimiento excepcional por urgencia o interés público, de concesión de licencia; – formación y propuesta de nueva normativa, ordenanzas e instrucciones para la mejora de la calidad del servicio en su accesibilidad, tiempo de los procesos y costes de realización; – emitir el informe municipal ex D Madrid 167/2018 cuando tengan lugar en inmuebles declarados bien de interés cultural y cuya titularidad o gestión corresponda a alguna administración o entidad pública; y – licencias urbanísticas, declaraciones responsables y comunicaciones previas. | |
Secretaría general técnica | Subdirección general de coordinación institucional. | – preparar los asuntos que vayan a ser elevados a la Junta del Gobierno y al Pleno; – participar en la Comisión preparatoria de la Junta de Gobierno y de la Administración del ayuntamiento de Madrid; y – gestionar las relaciones con los tribunales de justicia en relación con los tribunales de justicia en relación con los expedientes tramitados por el Área de gobierno y el área delegada, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos municipales. | |
Subdirección general de contratación y de asuntos generales. | |||
Subdirección general de régimen jurídico. | |||
Organismo autónomo Agencia de Actividades | – coordinar la información, apoyo y asesoramiento a las entidades de colaboración urbanística; – conceder las licencias para actuaciones urbanísticas de naturaleza provisional; – conceder las licencias de primera ocupación y funcionamiento solicitadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ordenanza Madrid 29-6-09; – sancionar las infracciones tipificadas en L Madrid 17/1997 art.37l; – autorizar las ampliaciones o reducciones de horarios; – el ejercicio de la potestad sancionadora de acuerdo con la L Madrid 17/1997; – tramitar y resolver las solicitudes de acceso a la información pública y de reutilización de información pública; -desarrollar las funciones de acreditación y registro de las identidades de los empleados públicos; y – controlar las emisiones, revocaciones y suspensiones de certificados de empleado público en su ámbito. | ||
Área delegada de vivienda | Dirección general de vivienda, rehabilitación y regeneración. | – dirección general de vivienda, rehabilitación y regeneración; y – subdirección general de rehabilitación y regeneración. | – definir y gestionar las políticas públicas y sociales municipales en materia de vivienda;- autorizar la ocupación temporal de la vía pública para la instalación de vallas, andamios y otras ocupaciones de similar naturaleza; – autorizar la ocupación temporal de la vía pública cuando la misma se vaya a realizar en un carril de la circulación ir y gestionar las políticas públicas y sociales municipales en materia de vivienda; – supervisar y controlar el cumplimiento de la normativa de vivienda con protección pública del Ayuntamiento de Madrid; – resolver los procedimientos sancionadores por infracciones en materia de vivienda social; y – desarrollar y fomentar la rehabilitación del parque residencial de la ciudad y resolver los procedimientos en materia de rehabilitación y regeneración. |
Empresa municipal de la vivienda y suelo de Madrid. |
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