Con fecha 28-11-2012 se ha aprobado la nueva OM que desarrolla para el año 2013 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.
La mencionada Orden mantiene la estructura de la vigente para el año 2012 (OM EHA/3257/2011), así como las cuantías monetarias de los módulos que se aplicaron en dicho año.
Como principales novedades cabe destacar las siguientes:
1) Plazo de renuncia y revocación: ver nº 719 Memento Fiscal 2012.
2) Se mantiene para el ejercicio 2013 la medida relativa a la reducción del rendimiento neto de módulos para los contribuyentes que determinen el mismo por el método de estimación objetiva en dicho período impositivo: ver nº 762 Memento Fiscal 2012.
3) Se establece para los contribuyentes que desarrollen actividades distintas de las agrícolas, ganaderas y forestales incluidas en el anexo II de la OM en el término municipal de Lorca una reducción del rendimiento neto de módulos: ver nº 762 Memento Fiscal 2012.
4) Se revisan con efectos 2013 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva a determinadas actividades agrícolas. Además, se reduce el índice de rendimiento neto para los productos del olivo. Este nuevo índice se aplicará igualmente, al año 2012: ver nº 799 Memento Fiscal 2012.
5) Se han adaptado las magnitudes excluyentes del método de estimación objetiva la (OM HAP/2549/2012 art.3), a la modificación del IRPF por la que se establecen, con efectos desde el 1-1-2013, nuevas causas de exclusión del citado método para las actividades empresariales a las que pueda resultar de aplicación el tipo de retención del 1% de la LIRPF art.101.5.d (LIRPF art.31.1 redacc L 7/2012) (ver nº 713 Memento Fiscal 2012).
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