IVA. Requisitos exigibles en la renuncia a la exención en entregas de bienes inmuebles

No resulta esencial que aparezca literalmente en la escritura de compraventa de un inmueble la renuncia expresa del transmitente a la exención del IVA, siendo suficiente la constancia de haberse repercutido el Impuesto en la propia escritura, pues de esta forma es incuestionable que adquirente y transmitente manifiestan su intención y conocimiento indubitado de que la operación queda sujeta al IVA.