Donación de la nuda propiedad de participaciones sociales
En los casos de donación de la nuda propiedad de participaciones sociales que disfrutan de la reducción del 95% en la base imponible del ISD, se aplica el mismo tratamiento fiscal que en los casos de transmisión de la plena propiedad de las mismas, y, en consecuencia, no habrá ganancia o pérdida patrimonial a los efectos del IRPF.