Cálculo de los intereses de demora en los casos de estimación parcial con ingreso previo

Cuando proceda la práctica de una nueva liquidación por haberse anulado otra anterior cuyo importe ha sido ingresado, en el cálculo de los intereses de demora la Administración tributaria puede compensar de oficio los intereses resultantes de una y otra liquidación, devolviendo la cantidad que surja de la compensación junto con los intereses correspondientes.