Modificación del reglamento de mutualidades de previsión social

A partir del 1-1-2016 se procede, por un lado, a la modificación de dos artículos del reglamento de mutualidades de previsión social, con el fin de precisar el régimen jurídico de los socios protectores y de establecer la posibilidad de que personas que no ostenten la condición de mutualistas puedan formar parte de la junta directiva y, por otro, se derogan, entre otros, los preceptos referentes al acceso a la actividad aseguradora y a las condiciones para el ejercicio de la actividad aseguradora.

Modificación del reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas

Se introducen determinadas modificaciones en el reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, con la finalidad principal de adaptar al nuevo régimen de Solvencia II las referencias normativas al tipo de interés aplicado en relación con el valor de rescate de los seguros colectivos.

Nuevo reglamento de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

A partir del 1-1-2016 va a entrar en vigor la nueva regulación sobre ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, quedando derogado el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados de 1998, salvo algunos de sus preceptos relativos, fundamentalmente, a las formas jurídicas de las entidades aseguradoras y a la cuantía máxima de cobertura de responsabilidad civil como riesgo accesorio, aplicables a las mutualidades de previsión social.