Pensiones públicas para 2021 (RS 04/21 26 de Enero de 2021 al 01 de Febrero de 2021)
Revalorización y cuantía máxima de pensiones a percibir durante 2021.
Revalorización y cuantía máxima de pensiones a percibir durante 2021.
Se incorpora la posibilidad, en el procedimiento administrativo sancionador, de extender actas de infracción automatizadas sin intervención directa de un funcionario, en cuyo caso deben reflejar los hechos constitutivos de la infracción cometida.
Hasta tanto se apruebe el real decreto por el que se fije el salario mínimo interprofesional para el año 2021, las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social aplicables durante el este año son las vigentes el 31-12-2019.
Se dota de carácter permanente la habilitación que durante el estado de alarma se otorgó a los autorizados para actuar a través del Sistema RED y se extiende la misma con el fin de facilitar a la Administración de la Seguridad Social, a través del Sistema RED y previo consentimiento acreditado de los interesados, el teléfono móvil de los trabajadores o asimilados que causen alta en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social.
Con el objetivo de permitir el tratamiento y la cesión de los datos por parte de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social a otras administraciones públicas, en la medida en la que son necesarios para el ejercicio de sus funciones, se amplían los supuestos en los que cabe la cesión o comunicación de datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración de la Seguridad Social
Pueden adoptarse y notificarse resoluciones de forma automatizada en los procedimientos de gestión de las prestaciones, excluidas las pensiones en su modalidad no contributiva, así como, a partir del 27-1-2021, en los procedimientos de afiliación, cotización y recaudación.
Publicado el real decreto de revalorización de las pensiones, se mantienen sin cambios las cuantías establecidas en la Ley de presupuestos generales para 2021 (
L 11/2020
).
Se fija en 68,80 euros/mes, manteniéndose lo señalado en la
L 11/2020
.
Publicado el real decreto de revalorización de las pensiones, se mantienen sin cambios las cuantías establecidas en la Ley de presupuestos generales para 2021 (
L 11/2020
).
Quienes se jubilen durante el año 2021 y hubieran cesado de trabajar antes de 2013 conservan la opción por la aplicación de la normativa vigente a 31-12-2012, si la considerasen más ventajosa.
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