Entre las novedades introducidas, además de la simplificación de los requisitos de acceso a ciertos beneficios fiscales, destacan el establecimiento de una bonificación para las adquisiciones lucrativas inter vivos cuya base imponible no supere los 1.000 euros, y la mejora de las bonificaciones aplicables a sujetos pasivos incluidos en el Grupo III de parentesco, al incrementar el porcentaje de la bonificación y los contribuyentes que pueden disfrutar de la misma.
Se introducen nuevas bonificaciones aplicables a la adquisición de vivienda habitual por jóvenes que estén localizadas en determinados municipios de esta CA.
Se introducen cambios en el sistema de deducciones previstas en este territorio, modificando algunas de las existentes y aprobando otras nuevas, con el fin de favorecer el acceso a la vivienda y el cambio de residencia a municipios en riesgo de despoblación, así como favorecer las inversiones de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero.
Se amplían las modalidades de pago electrónico de autoliquidaciones al incluirse el Bizum.
Mientras esté vigente el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ISGF), se modifica la bonificación general actual aplicable al IP en Madrid, estableciendo en su lugar una bonificación variable para que los contribuyentes madrileños afectados por el ISGF lo satisfagan en el IP.
Para los períodos impositivos iniciados a partir de 1-1-2023, se deflacta al tipo del 3,1% la escala autonómica, los mínimos personal y familiar y las deducciones autonómicas y los límites de renta aplicables a las mismas.
Con efectos 1-8-2023 se aprueba un nuevo reglamento de régimen jurídico y organizativo de las reclamaciones económico-administrativas que se susciten en el ámbito de la gestión económico-financiera de la Comunidad de Madrid.
Con efectos desde 1-1-2023, se aplican nuevas deducciones autonómicas por cuidado de ascendientes, por gastos derivados del arrendamiento de viviendas y por el pago de intereses de préstamos para estudios de grado, máster o doctorado, a la vez que se mejoran algunas de las deducciones ya existentes.
Con efectos a partir de 1-1-2023, se adoptan diferentes medidas fiscales dirigidas a la protección a la maternidad y paternidad y al fomento de la natalidad y la conciliación, que implican la modificación de diversas deducciones autonómicas y la creación de otras nuevas en este sentido.
Con efectos a partir de 1-1-2022, se modifica la escala autonómica y se aprueban nuevos mínimos personales y familiares.