Ayudas e indemnizaciones percibidas por el terremoto de Lorca
Se establece el tratamiento fiscal de las ayudas e indemnizaciones percibidas como consecuencia del movimiento sísmico.
Se establece el tratamiento fiscal de las ayudas e indemnizaciones percibidas como consecuencia del movimiento sísmico.
Con efectos desde el 31-3-2012, se modifica la regulación del IRPF para adaptarla a la eliminación en el IS de la libertad de amortización prevista para activos adquiridos entre 2011 y 2015, y se determina la tributación de la renta obtenida en la posterior transmisión del bien que haya sido objeto de amortización acelerada.
Para los períodos impositivos 2011 y 2012, se ha aprobado una reducción aplicable sobre el rendimiento neto de módulos para los contribuyentes del IRPF que desarrollen ciertas actividades en el término municipal de Lorca y determinen el rendimiento neto por el método de estimación objetiva.
Se aprueban en Bizkaia los signos, índices o módulos del método de estimación objetiva del IRPF para 2012.
Se extiende al período impositivo 2012 la posibilidad de aplicar la reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo.
Se aprueban en Araba y Gipuzkoa los signos, índices o módulos del método de estimación objetiva del IRPF para 2012.
La OM EHA/3257/2011 desarrolla para el año 2012 el método de estimación objetiva del IRPF, manteniendo la estructura de la Orden vigente para el 2011, así como la cuantía de los módulos y la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos.
Se fijan los plazos de renuncia al método de estimación objetiva del IRPF y de revocación de dicha renuncia para el año 2012.
Se revisan con efectos 2012 los índices de rendimiento neto aplicables a determinadas actividades agrícolas.
Se reduce en un 5% el rendimiento neto de módulos obtenido en el período impositivo de 2012.
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