Modificación de la tarifa del IP en Cataluña
Se ha publicado una corrección de erratas del DL Cataluña 7/2012, que modifica en Cataluña la tarifa aplicable para determinar la cuota íntegra del impuesto.
Se ha publicado una corrección de erratas del DL Cataluña 7/2012, que modifica en Cataluña la tarifa aplicable para determinar la cuota íntegra del impuesto.
Se ha publicado una corrección de erratas del DL Cataluña 7/2012, que modifica en Cataluña la tarifa aplicable para determinar la cuota íntegra del impuesto.
Con efectos desde el 1-3-2013, se aprueban en Galicia los tipos de gravamen aplicables para el cálculo de la cuota íntegra del Impuesto en el citado territorio.
A efectos de la determinación de la base imponible, la impugnación de una liquidación del IRPF que no ha sido ingresada y cuya ejecución se ha suspendido no cumple con el requisito exigido por la LIP referente a la necesidad de que se trate de una deuda de la que deba responder el sujeto pasivo, por lo que no puede deducirse su valor del conjunto de bienes y derechos de los que es titular el sujeto pasivo.
A efectos de la determinación de la base imponible, la impugnación de una liquidación del IRPF que no ha sido ingresada y cuya ejecución se ha suspendido no cumple con el requisito exigido por la LIP referente a la necesidad de que se trate de una deuda de la que deba responder el sujeto pasivo, por lo que no puede deducirse su valor del conjunto de bienes y derechos de los que es titular el sujeto pasivo.
Se elimina la bonificación del 100% sobre la cuota del impuesto para el ejercicio 2012.
Con efectos desde el 1-1-2012, en Asturias se ha aprobado por primera vez la tarifa del impuesto y una nueva bonificación de los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad.
Con efectos desde el 31-12-2012, en Cataluña se ha modificado el importe del mínimo exento y se ha aprobado por primera vez la tarifa del impuesto.
Con efectos en el devengo del impuesto correspondiente al 31-12-2012, se elimina la bonificación autonómica del 100% y se establece el importe del mínimo exento.
Se han aprobado los precios medios de venta de vehículos aplicables en el ITP y AJD, ISD e IMT a partir del 1-1-2013.
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