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Modificación de la tarifa del IP en Cataluña

El DL Cataluña 7/2012, aprobó una serie de medidas urgentes en materia fiscal que, entre otras cuestiones, establecía con efectos desde el 31-12-2012, una escala con los tipos aplicables a la base liquidable para determinar la cuota íntegra del impuesto.
Ahora se ha publicado una Corrección de erratas de la citada norma, que afecta a la citada escala, que con efectos desde la fecha antes indicada, queda como sigue:

Base liquidable
hasta euros
Cuota
euros
Resto base liquidable
hasta euros
Tipo aplicable
Porcentaje
0,00
0,00
167.129,45
0,210
167.129,45
350,97
167.123,43
0,315
334.252,88
877,41
334.246,87
0,525
668.499,75
2.632,21
668.500,00
0,945
1.336.999,75
8.949,54
1.336.999,26
1,365
2.673.999,01
27.199,58
2.673.999,02
1,785
5.347.998,03
74.930,46
5.347.998,03
2,205
10.695.996,06
192.853,82
En adelante
2,750

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