Régimen sancionador en Bizkaia por la implementación del Proyecto Batuz (RF 30/20 21 de Julio de 2020 al 27 de Julio de 2020)

Se especifican sanciones que pueden ser aplicadas tanto al contribuyente, por el incumplimiento de la obligación o por la destrucción, borrado o manipulación del software y archivos informáticos que sirven de soporte a los registros que documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el desarrollo de una actividad económica, como al desarrollador de software o a un tercero en el caso de sean estos los que procedan a la destrucción, borrado o manipulación del software.

Modificaciones en el IS de Bizkaia por la implementación del proyecto Batuz (RF 30/20 21 de Julio de 2020 al 27 de Julio de 2020)

Se establecen los cimientos normativos de los tres pilares sobre los que se asienta el proyecto Batuz: el establecimiento de nuevos instrumentos tecnológicos en los sistemas de facturación mediante la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes; el establecimiento de la obligación de llevanza de un libro registro de operaciones económicas para las personas jurídicas; y la puesta a disposición de los contribuyentes por parte de la Hacienda Foral de Bizkaia de borradores de declaraciones, a fin de facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Modificaciones en el IRPF de Bizkaia por la implementación del Proyecto Batuz (RF 30/20 21 de Julio de 2020 al 27 de Julio de 2020)

Se introducen modificaciones en la normativa foral del IRPF con el objetivo de implementar el Proyecto BATUZ, entre las que destacan el establecimiento de nuevos instrumentos tecnológicos en los sistemas de facturación mediante la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes y la puesta a disposición de los contribuyentes por parte de la Hacienda Foral de Bizkaia de borradores de declaraciones, a fin de facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.