Despido por engaño en el currículo y en la declaración responsable sobre la capacidad laboral (RS 26/21 29 de Junio de 2021 al 05 de Julio de 2021)

Existe transgresión de la buena fe contractual, quebrándose la confianza en el trabajador cuando este de forma grave y culpable engaña y oculta reiteradamente (en el currículo y en la declaración responsable) afirmando tener una capacidad laboral irreal y parcialmente incompatible con la exigencia del puesto a desempeñar, lo que tiene una grave incidencia en las condiciones básicas del trabajo y en la formación de voluntad de la empresa en el momento de la celebración del contrato.

Despido por publicación en Facebook de una foto en tiempo y lugar de trabajo (RS 23/21 08 de Junio de 2021 al 14 de Junio de 2021)

La publicación en Facebook de una foto realizada en tiempo y lugar de trabajo, concretamente desde el camión de la empresa que se conducía, no es un comportamiento con la gravedad suficiente para avalar un despido. La Sala de suplicación entiende que no existe transgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza en el desempeño del trabajo, tampoco fraude o deslealtad en las gestiones encomendadas, ni se puede considerar imprudencia o negligencia en acto de servicio que haya implicado riesgo de accidente o peligro de avería para la maquinaria, el vehículo o las instalaciones, no constando que generase peligro alguno o un riesgo concreto en la conducción. El despido no es nulo porque no vulnera los derechos fundamentales del trabajador al secreto de las comunicaciones, sin que se aprecie intromisión empresarial en un área reservada al trabajador, pues es el mismo trabajador quien le da publicidad a través de las redes sociales.

Recurribilidad del auto dictado en ejecución provisional de despido nulo de quien fue readmitido en régimen de teletrabajo (RS 22/21 01 de Junio de 2021 al 07 de Junio de 2021)

Al ser irrecurrible, queda firme el auto del juzgado que admitió la readmisión en ejecución provisional en régimen de teletrabajo durante el confinamiento inicial en 2020, asociado al estado de alarma declarado por la pandemia. No concurría la posibilidad de plantear recurso devolutivo, circunscrita a la adopción de medidas que excedan de los límites de la ejecución provisional o a la declaración de falta de jurisdicción o competencia del orden jurisdiccional.

Indemnización adicional no tasada por despido improcedente derivada de control de convencionalidad (RS 19/21 11 de Mayo de 2021 al 17 de Mayo de 2021)

El despido fraudulento sin causa es improcedente, también el realizado durante la pandemia. Ante este tipo de despidos cabría que el órgano jurisdiccional reconociera una indemnización superior a la tasada, si esta fuera insuficiente, al amparo del OIT Convenio núm 158. Sin embargo, su monto, para evitar la arbitrariedad, solo puede fijarse por aplicación analógica de la LRJS art. 281.2.b o mediante cuantificación en la demanda de los daños que superen el lucro cesante, debidamente acreditados en juicio. Al no haber sido alegados ni probados tales daños solo procede la indemnización tasada, sin imposición de los intereses moratorios, por no ser deuda líquida, vencida y exigible.

Sanciones disciplinarias: acceso empresarial al recurso de suplicación y revocación judicial de la sanción (RS 15/21 13 de Abril de 2021 al 19 de Abril de 2021)

El empresario puede recurrir en suplicación la sentencia del Juzgado de lo Social que mantiene la calificación de falta disciplinaria muy grave cuando sufre gravamen. Así sucede si la sentencia manteniendo tal calificación revoca parcialmente la sanción y le autoriza a imponer una sanción diferente. Ese pronunciamiento no es ajustado a derecho, pues el Juez de instancia solo puede revocar parcialmente la sanción en los casos en que la falta no hubiese sido adecuadamente calificada.

Fecha de reincorporación al confirmarse en vía de recurso la improcedencia del despido (RS 07/21 16 de Febrero de 2021 al 22 de Febrero de 2021)

Se reitera que la empresa está obligada a comunicar por escrito al trabajador nueva fecha para su reincorporación al trabajo, sin poder cambiar su opción, en los 10 días siguientes a la notificación de la sentencia de suplicación que confirmó la de instancia con declaración de improcedencia. El trabajador ha de reincorporarse al menos transcurridos 3 días desde la recepción de dicha comunicación. Se reitera que la no reincorporación por causa imputable al trabajador durante la tramitación del recurso solo implica que el trabajador, que no incumple ningún deber, pierda los salarios de tramitación desde esa no reincorporación a la firmeza de la sentencia.

Requisitos para que quepa la ampliación de la demanda contra el verdadero empleador (RS 06/21 09 de Febrero de 2021 al 15 de Febrero de 2021)

Está caducada la acción y se considera extemporánea la ampliación de la demanda contra quien en todo instante ha sido el real y explícito empresario de la trabajadora tal y como consta en sus nóminas y contrato. Es irrelevante que la persona despedidoa atribuyera el error al primer demandado, por haber comparecido al acto de conciliación, o que el órgano de instancia admitiera, erróneamente, la ampliación de la demanda contra el empresario que ya era conocido de manera indubitada con carácter previo.

Interrupción de la prescripción del derecho a reclamar al Estado de salarios de tramitación por solicitud al Juzgado de la documentación requerida (RS 48/20 24 de Noviembre de 2020 al 30 de Noviembre de 2020)

No interrumpe la prescripción de un año de la acción de reclamación de salarios de tramitación con cargo al Estado la solicitud de la documentación necesaria que se debe aportar con la solicitud administrativa al Juzgado de lo Social que declaró el despido improcedente en la instancia. Cuando la entrega se demore más de un año, para evitar la prescripción, es preciso realizar la reclamación de los salarios de tramitación en plazo, sin perjuicio de realizar una subsanación posterior cuando se recibiera la documentación, suspendiéndose el plazo para resolver.

Procedencia del despido fundado en la testifical de detectives sin considerar las grabaciones realizadas con cámara oculta (RS 47/20 17 de Noviembre de 2020 al 23 de Noviembre de 2020)

No es posible modificar los hechos probados de la sentencia que declaró la procedencia del despido de una trabajadora cuya apropiación indebida quedó acreditada mediante testifical documentada de detectives, que observaron su actividad y las cotejaron con las anotaciones realizadas como ventas para realizar su informe que no se fundamentó únicamente en las grabaciones que realizaron con cámara oculta y que no fueron consideradas por la juzgadora de instancia.

Extinciones sin causa durante el estado de alarma y calificación judicial (RS 43/20 20 de Octubre de 2020 al 26 de Octubre de 2020)

Las extinciones sin justificación de la causa, realizadas durante el inicial estado de alarma, considerando que las causas de fuerza mayor o ETOP asociadas al COVID-19, que hubieran permitido un ERTE, no avalan un despido no han tenido una calificación unívoca en la instancia. En ocasiones se ha calificado de nulo por entender que era un acto contrario a norma imperativa y haberse realizado un fraude de ley y en otras como improcedentes conforme a la calificación jurisprudencial tradicional del despido sin causa.