El certificado tributario tiene carácter meramente informativo y sirve para probar hechos frente a terceros distintos de la relación jurídico-tributaria entre la Administración y el obligado tributario deudor, de tal forma que ni la solicitud ni la emisión y notificación de tal certificación constituyen actos con eficacia interruptiva de la prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias; no constituye una actuación fehaciente del obligado tributario conducente al pago o extinción de la deuda.
En estos casos, los importes no satisfechos se imputan al período impositivo en que la resolución adquiera firmeza, incluso cuando el derecho a la percepción de las rentas no sea el objeto de la controversia judicial.
El carácter exclusivo en el acceso a la procesión condiciona que la venta de abonos de sillas y palcos se encuentre sujeta o sujeta y exenta.
El TEAC adopta la doctrina del TS y reconoce que, en los casos de desestimación, cuando no haya una liquidación en un sentido jurídicamente reconocible, puede instarse una segunda solicitud de rectificación de autoliquidación siempre que se realice dentro del plazo de prescripción y se sustente en hechos sobrevenidos o motivos diferentes a los invocados en la primera solicitud. En los demás casos, se inadmite sin necesidad de entrar en el fondo de la cuestión.
Al determinar el incremento de los fondos propios no se computan como fondos propios al inicio y al final del período impositivo los importes contabilizados como dividendos activos a cuenta.
La exención aplicable a servicios culturales prestados por una entidad de Derecho público no exige que esta actúe como autoridad pública, por lo que estos servicios prestados por una fundación integramente participada por una Comunidad Autónomo, se encuentran exentos.
La donación de parte de un inmueble entre los miembros de una pareja inscrita en cualquiera de los registros habilitados al efecto puede beneficiarse de la bonificación autonómica.
La exigencia de la reducción de una sanción es una simple actuación administrativa que carece de naturaleza sancionadora y, por lo tanto, no le es aplicable la regla relativa a la caducidad del procedimiento sancionador prevista por la LGT art.209.
Cuando los pagos fraccionados se determinan en función de la base imponible del período, el importe mínimo de un millón de euros de compensación de bases imponibles negativas no hay que prorratearlo, aunque es necesario que dicha base imponible negativa esté liquidada.