Nulidad de contrato bancario derivada del incumplimiento, por parte de la entidad de crédito, de las obligaciones de información sobre los riesgos de la inversión al cliente.
No procede la resolución del contrato de comisión mercantil al no haberse justificado que el incumplimiento del deber de información tenga entidad resolutoria, pues se ha declarado que el inversor formó su voluntad sin incurrir en vicio alguno y que la entidad demandada actuó siguiendo sus instrucciones.
Se establecen los datos de identificación adicionales que deben ser declarados por las entidades de crédito, a fin de la adecuada identificación de intervinientes, cuentas y depósitos en el Fichero de Titularidades Financiera.
Se establecen los datos de identificación adicionales que deben ser declarados por las entidades de crédito, a fin de la adecuada identificación de intervinientes, cuentas y depósitos en el Fichero de Titularidades Financiera.