Si existe una prohibición expresa de uso extralaboral del correo electrónico y la medida de comprobación utilizada por el empresario resulta justificada, idónea y necesaria, no existe violación del derecho a la intimidad ni del derecho al secreto de las comunicaciones.
Los condenados, en el plazo máximo de tres meses, deben introducir medidas correctivas para la equiparación de las retribuciones entre hombres y mujeres, que puedan aplicarse en este mismo año.
Las sanciones impuestas por incumplimiento de la jornada laboral basadas en las imágenes obtenidas por cámaras de video-vigilancia son nulas, si no cuentan con la previa información expresa a los trabajadores de esta finalidad de control de la actividad laboral.
Incumplimiento del Plan de igualdad de unos grandes almacenes en materias relativas a las diferencias salariales entre hombres y mujeres y en lo referente al uso del uniforme.
La celebración del pacto de permanencia limita sustancialmente la libertad de dimitir del trabajador quien, en su caso, debería resarcir a la empresa de los gastos ocasionados por la especialización profesional recibida.
En relación al uso personal de los medios informáticos de la empresa, no se plantea conflicto de derechos entre el poder de dirección del empresario (ET art.20) y el de intimidad del trabajador (ET art.18) cuando hay una prohibición expresa y válida. Sin embargo, esta prohibición absoluta podría no ser válida si, por ejemplo, el convenio colectivo reconociese el derecho a un uso personal de ese uso.
La utilización de un localizador GPS para controlar la actividad realizada por un trabajador durante su baja por IT vulnera su derecho a la intimidad.
El derecho a la formación profesional para el empleo se matiza en cuanto al periodo de acumulación de las horas retribuídas concedidas a este efecto, que se amplía a cinco años, la posibilidad de realizar acciones formativas dentro de un plan desarrollado en la empresa y las competencias de la negociación colectiva.
Continua vigente la normativa preconstitucional sobre comedores de empresa, y se entiende aplicable en las circunstancias previstas en la misma, siempre que no haya sido sustituida en el ámbito concreto de que se trate por la negociación colectiva.
Desde el 12-2-2012 los trabajadores tienen derecho a una formación profesional dirigida a facilitar su adaptación a las modificaciones operadas en su puesto de trabajo.