Declaración tributaria especial
Se acota el concepto de titularidad jurídica y real de los bienes y derechos objeto de regularización y se establece la no deducibilidad fiscal de las pérdidas por deterioro y correcciones de valor de aquellos, así como las pérdidas derivadas de su transmisión entre entidades vinculadas. Asimismo, se determinan los efectos de la declaración tributaria especial.