Con efectos desde 1-1-2014 se aprueban las deducciones aplicables en la cuota íntegra autonómica del IRPF de la Comunidad Autónoma de Aragón, destacando respecto al ámbito inmobiliario:
– la deducción por adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo respecto a la que se especifica que los conceptos de adquisición, vivienda habitual, base máxima de la deducción y límite máximo serán los fijados por la normativa estatal vigente a 31-12-2012 para la deducción por inversión en vivienda habitual y que será también aplicable, conforme a la normativa estatal vigente a 31-12-2012, el requisito de la comprobación de la situación patrimonial del contribuyente;
– la deducción por adquisición de vivienda en núcleos rurales, cuya aplicación exige que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, menos el mínimo por contribuyente y el mínimo por descendientes, no sea superior a 35.000 euros en declaración conjunta y 21.000 euros en declaración individual,
– la deducción por arrendamiento de vivienda habitual para la que se exige que el depósito de la fianza se haya formalizado dentro del plazo establecido por la L Aragón 10/1992, de fianza en los arrendamientos urbanos y en determinados contratos de suministro, o norma vigente en cada momento; y
– la deducción por arrendamiento de vivienda social, aplicable a una o más viviendas, siendo la base de la deducción la cuota íntegra autonómica que corresponda a la base liquidable general derivada de los rendimientos netos de capital inmobiliario, una vez aplicadas las reducciones previstas para el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda y por rendimientos netos con un período de generación superior a dos años o calificados reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo. Asimismo, se exige que el depósito de la fianza se haya formalizado dentro del plazo establecido por la L Aragón 10/1992, de fianza en los arrendamientos urbanos y en determinados contratos de suministro, o norma vigente en cada momento.
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