Constituye acoso sexual y por razón de sexo el comentario realizado a una compañera de trabajo sugiriendo que tiene la posibilidad de promocionar profesionalmente utilizando favores sexuales. Además, el comentario se realiza utilizando un chat individual corporativo tras una reunión de trabajo, incumpliendo con ello diversos preceptos el código ético de la empresa.
Desde el 7-10-2022, se extienden y desarrollan para las víctimas de violencia sexual todos los derechos ya reconocidos para las víctimas de violencia de género.
Se produce la equiparación de las víctimas de violencias sexuales a las de víctimas de violencia de género en materia de permisos, movilidad y excedencias.
El archivo de la denuncia de una trabajadora contra su jefe por acoso sexual, por no quedar acreditado el carácter inconsentido de las relaciones, provoca que éste la acuse de cometer un delito de denuncia falsa que, al ser estimado por los tribunales, supone para la trabajadora el pago a su jefe de una indemnización por daño moral, además de la condena penal.
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