La aplicación del tipo reducido a la renovación y reparación de viviendas se encuentra condicionada a que se utilice efectivamente como vivienda cuando se presten esos servicios. La utilización del inmueble para fines comerciales o de inversión impide la aplicación del tipo reducido.
Se modifica la normativa comunitaria respecto a los mensajes relativos a los productos sujetos a Impuestos Especiales exportados en régimen suspensivo.
La exención recogida en el IBI para los inmuebles que sean propiedad del Estado, de las CCAA o de las entidades locales que estén directamente afectos a la seguridad ciudadana y a los servicios educativos y penitenciarios, así como los del Estado afectos a la defensa nacional, es también aplicable a la parte de la construcción de los bienes inmuebles de los que las citadas entidades sean propietarios (temporales) en virtud de un derecho de superficie, siempre y cuando se encuentren también afectos a alguna de las concretas actividades anteriormente citadas.
Se ha publicado una circular con los criterios de autorización y comunicación en relación con sucursales y establecimientos permanentes de entidades en la ZEC.
Se actualizan las referencias normativas y adaptaciones técnicas necesarias para facilitar y mantener un correcto intercambio de información con el resto de las administraciones tributarias y, en consecuencia, una mejora de la gestión tributaria, de los modelos 189, 270 y 720.
Se modifica el modelo 198 para actualizar las referencias normativas y adaptaciones técnicas necesarias para facilitar y mantener un correcto intercambio de información con el resto de las Administraciones Tributarias y, en consecuencia, una mejora de la gestión tributaria.
Se aprueban los índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA para el 2024.
Se aprueba en Navarra el modelo 430 de autoliquidación del Impuesto sobre las Primas de Seguros.
Se modifica el modelo 289 de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua para incluir a los países con los que se intercambiará información a partir del ejercicio 2024.
A efectos de calificar el grado de incapacidad permanente en el RETA, la profesión habitual no es la desempeñada al tiempo de solicitarse la prestación sino la desempeñada cuando se sufrieron las lesiones que producen las reducciones anatómicas o funcionales que merman la capacidad laboral.