Modificaciones en el régimen legal de los deberes de los administradores sociales

A partir del 24-12-2014, se modifica el régimen legal de los administradores sociales, afectando la reforma, entre otras materias, a los deberes generales de los administradores societarios.

Presupuestos y extensión subjetiva de la responsabilidad de los administradores

Novedosamente se exige la concurrencia de dolo o culpa, aunque esta última se presume salvo prueba en contrario siempre que el acto sea contrario a la ley o a los estatutos sociales. Se establece además la responsabilidad de los administradores de hecho, la concurrente cuando no existe delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros y la relativa a la persona física designada para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica.

Competencia para la gestión de subvenciones en materia de investigación e innovación si afectan a un ámbito superior al autonómico

La atribución al SEPE de la competencia de gestión de las subvenciones para la financiación de las acciones de investigación e innovación, cuando estas ayudas afecten a un ámbito territorial superior al de una Comunidad Autónoma, vulnera las competencias de ejecución autonómicas.