Con efectos a partir del 20-12-2013 y de aplicación, por primera vez para la presentación de la declaración informativa a realizar en 2014, correspondiente al ejercicio 2013, se aprueba en Gipuzkoa el modelo 720, declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero.
1) Obligados: deben presentarlo las personas físicas y jurídicas, los establecimientos permanentes de personas o entidades no residentes y las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyen una unidad económica o un patrimonio separado, susceptibles de imposición, que resulten obligados por el DF Gipuzkoa 47/2013 art.53, 54, 69 y 70.
2) Forma de presentación: el suministro de información del modelo 720 se debe realizar necesariamente mediante transmisión telemática del fichero electrónico que la contiene, el cual se puede confeccionar a través del programa de ayuda ZergaBidea, que se podrá descargar desde la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, ubicada en la dirección https://www.gfaegoitza.net, o desde la página web oficial del Departamento de Hacienda y Finanzas, en la dirección http://www.gipuzkoa.net/ogasuna/renta.
No obstante, también se podrá confeccionar mediante otros programas, que permitan obtener ficheros electrónicos con los mismos formatos, características y especificaciones.
Además, para presentar el modelo, los obligados tributarios deben estar en posesión de firma electrónica reconocida o de la clave operativa.
3) Plazo de presentación: entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a aquel al que se refiera la información a suministrar.
NOTA
Se modifica el modelo 190, «Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo, actividades económicas y premios», para excluir de entre los premios que se declaran en este modelo los que están sujetos al Gravamen Especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas, que anteriormente tampoco se incluían por estar exentos (OF Gipuzkoa 1110/2010 Anexo II redacc OF Gipuzkoa 1094/2013).
Comentarios: 0 comentarios