Las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales para el año 2014 se determinarán actualizando las retribuciones mensuales y las bases de cotización de la escala vigente en el año 2013, en idéntica proporción al incremento que experimente el salario mínimo interprofesional. Sin embargo, hay que tener en cuenta que el SMI no ha sido objeto de ningún incremento en el 2014 (RD 1046/2013).
Los tipos de cotización son:
– por contingencias comunes es del 23,80% (en 2013 era del 22,90%), siendo el 19,85% a cargo del empleador y el 3,95%a cargo del empleado;
– por contingencias profesionales se aplica el mismo tipo de cotización que el año anterior, del 1,10%, a cargo exclusivo del empleador.
Durante el año 2014 es aplicable una reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en este Sistema Especial, siempre que hayan contratado y dado de alta en el Régimen General a un empleado de hogar a partir de 1-1-2012, que no figurara en alta en el régimen especial de empleados de hogar a tiempo completo, para el mismo empleador, dentro del período comprendido entre el 2-8-2011 y el 31-12-2011.
Se mantiene también la bonificación, hasta llegar al 45%, para familias numerosas.
Estos beneficios en la cotización no son de aplicación en el supuesto en que los empleados de hogar que presten servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador asuman el cumplimiento de las obligaciones en materia de encuadramiento, cotización y recaudación en dicho sistema especial.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios