Aumento de capital: aportación no dineraria
Las sociedades constituidas no pueden, como tales, ser objeto de una aportación no dineraria en un aumento de capital. La aportación debe ser de acciones o participaciones concretas.
Las sociedades constituidas no pueden, como tales, ser objeto de una aportación no dineraria en un aumento de capital. La aportación debe ser de acciones o participaciones concretas.
La ausencia de la firma del acta por todos los socios no es un defecto invalidante.
Se halla incursa en causa de disolución de pleno derecho la sociedad que, teniendo por objeto una actividad «profesional», no se ha adaptado a la L 2/2007 de Sociedades Profesionales.
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