Se aprueba un nuevo procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, así como nuevos baremos con la finalidad de lograr una evaluación más completa y precisa y garantizar la igualdad de trato de la ciudadanía.
Se modifica la norma para, por un lado, crear un nuevo modelo de financiación local y, por otro, en la exención del IVTM para vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad, concretar que, para su aplicación, la deficiencia en las funciones mentales debe suponer un reconocimiento de, al menos, un 25% de limitaciones de la actividad.
Se reconoce como enfermedad causante de discapacidad el Lupus eritematoso sistémico, al considerarse que las personas que lo sufren se encuentran en una situación injusta, ya que esta dolencia incide de manera importante en la capacidad de quien la padece, y más si cabe si se tiene en cuenta que la sufren mayoritariamente las mujeres.