Porcentaje de disminución de rendimiento necesario para acceder a la incapacidad permanente parcial en el RETA
Para que un trabajador afiliado al RETA pueda acceder a la incapacidad permanente parcial por contingencia profesional es necesaria una disminución del rendimiento no inferior al 50%, en lugar del 33% previsto para los trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social.