A efectos de determinar si el accidente ocurrido en el domicilio del empleado que teletrabaja es laboral, tiene importancia capital la concreción de cómo y dónde ocurre, al no ser factible una solución genérica.
Que un sindicalista ostente cargos en el sindicato no impide el reconocimiento de una efectiva relación laboral entre las partes, formalizada en sucesivos contratos temporales para obra o servicio determinado. Incluso el hecho de haber firmado por el trabajador comunicaciones o anexos al contrato en los que se indica que el vínculo es asociativo no laboral, no tiene eficacia frente a la realidad si de los hechos se acredita que el vínculo es laboral.
No se puede imponer la realización de pruebas PCR a los trabajadores en base a un protocolo de actuación de la Administración que no cumple los requisitos de validez de una norma jurídica y del que no consta su publicación oficial
La empresa no puede oponerse a la constitución de la sección sindical estatal de empresa argumentando que la posibilidad de optar para ello entre la empresa o el centro de trabajo no es algo que quede al arbitrio del sindicato ni que la organización sindical esté obligada, a la hora de configurar una sección sindical, a seguir el mismo esquema que se haya establecido para la configuración de la representación unitaria, ya que la jurisprudencia señala todo lo contrario. Tampoco puede alegar que se hayan incumplido los estatutos del sindicato, cuya defensa queda reservada a la propia entidad sindical.
Durante el periodo de prueba cualquiera de las dos partes puede abandonar la relación laboral sin necesidad de tener que comunicarlo a la otra por escrito, o de utilizar una forma y contenido determinado. �?nicamente se requiere que no exista una vulneración de derechos fundamentales.