Durante la vigencia del estado de alarma declarado para evitar la propagación de virus COVID-19, el reintegro de las aportaciones a los socios cooperativos que causen baja durante la vigencia del estado de alarma queda prorrogado hasta que transcurran seis meses a contar desde que finalice el estado de alarma.
Como consecuencia de la declaración del estado de alarma a causa del virus COVID-19, se han aprobado una serie de medidas para los supuestos en los que se produzca una causa legal o estatutaria de disolución o transcurra el término de duración de la sociedad.
Como consecuencia de la declaración del estado de alarma para evitar la propagación del virus COVID-19, se suspenden los plazos legales para solicitar el concurso de acreedores.
Como consecuencia de la declaración del estado de alarma para evitar la propagación del virus COVID-19, se suspenden los plazos legales para solicitar el concurso de acreedores.
En los contratos de compraventa de bienes y de prestación de servicios, consumidores y usuarios pueden ejercer el derecho a resolver el contrato sin penalización.
Como consecuencia de la declaración del estado de alarma para evitar la propagación de virus COVID-19, durante dicho estado se permite a los consejos rectores de las sociedades cooperativas celebrar sus reuniones por videoconferencia, aunque tal posibilidad no esté prevista en los estatutos.
Medidas extraordinarias aplicables a las personas jurídicas de derecho privado, adoptadas como consecuencia de la declaración del estado de alarma y para evitar la propagación de virus COVID-19.
Como consecuencia de la declaración del estado de alarma para evitar la propagación de virus COVID-19, durante el mismo quedan suspendidos los plazos de caducidad de los asientos registrales.
Se suspende, mientras dura el estado de alarma, el plazo para formular las cuentas anuales, verificarlas por el auditor y someter su aprobación a la junta general.
Como consecuencia de la declaración del estado de alarma para evitar la propagación del virus COVID-19, se suspende mientras dure el mismo el ejercicio del derecho de separación del socio.