Se reduce a 3 meses la antigüedad exigida para deducir las pérdidas por deterioro de los créditos derivadas de las posibles insolvencias de deudores. Se excluye de la aplicación del régimen de transparencia fiscal internacional a la entidad no residente o al EP que sea residente o se sitúe en otro Estado miembro que forme parte del Acuerdo del Espacio Económico Europeo, cuando se cumplan los requisitos exigidos al efecto.
Para paliar los efectos generados por el COVID-19, se establece una reducción de la cuota anual del régimen simplificado del IVA del 20% para determinadas actividades, del 35% para actividades de comercio y transporte y del 40% para la hostelería.
Se deroga la nota de la sección segunda de las tarifas del IAE de Navarra que permitía que quienes iniciasen cualquier actividad profesional pudiesen aplicar durante los 5 primeros años el 50% de la cuota.
Para responder a la incidencia del COVID-19 en el ámbito de las actividades económicas, se establece un nuevo aplazamiento excepcional de deudas tributarias, con las mismas condiciones que el regulado por la
LF Navarra 7/2020
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Se adapta el contenido y diseños de los libros registro llevados a través de la Sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa a los últimos cambios normativos y se introducen algunos ajustes de carácter técnico en ellos.
Se actualizan los importes para resultar adscrito a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, otorgando mayor flexibilidad para la adscripción y desadscripción de contribuyentes.
Se adecúa la normativa a la del territorio común y se extiende hasta el 30-4-2021 la aplicación del tipo del 0% del IVA a entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir el COVID-19. Además, se rebaja temporalmente del 21 al 4%, el tipo impositivo del IVA aplicable a entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de mascarillas quirúrgicas desechables.