Ejecución definitiva del despido colectivo de Coca Cola

La ejecución colectiva de un despido colectivo impide el ejercicio de acciones individuales declarativas que, en el fondo, tienen la misma finalidad, siendo posible pronunciarse sobre estas cuestiones particulares en el seno de la ejecución colectiva, siempre que se refieran al hecho propio de la readmisión o a circunstancias básicas de la misma. Se declara la inadecuación del procedimiento respecto de varios trabajadores que discutían la regularidad de su readmisión por cuestiones individuales (salario, antigüedad, circunstancias personales o cuestiones acaecidas después de la constitución del título ejecutivo).

Administradores: responsabilidad por deudas sociales

Concurriendo causa legal de disolución de la sociedad, solo por motivos muy excepcionales los administradores quedan exonerados de responsabilidad cuando no promueven la disolución en los términos previstos en la LSC art.367. En concreto, la presentación de un expediente de regulación de empleo para la extinción de las relaciones laborales de toda la plantilla y la venta de activos de la sociedad son medidas que no exoneran de esta obligación de promover la disolución de la sociedad.