Principales modificaciones: regulación de la coordinación intersectorial en los procedimientos para la aprobación de los instrumentos de ordenación urbanística y territorial; trámite de información pública.
Criterios de las determinaciones en suelo urbanizable y urbano no consolidado en el caso de actuaciones en urbanizaciones residenciales de carácter autónomo y actuaciones clandestinas o ilegales de carácter aislado que formen núcleo de población para determinar la edificabilidad y su materialización, solo en establecimiento discontinuo en el núcleo principal.
Particularidades de los informes que se precisan para la aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico.
Modificaciones en la valoración de los informes en el caso de redacción, revisión o modificación de un instrumento de planeamiento urbanístico que afecte a cualquiera de las carreteras de la red regional.