Se recoge una exención aplicable a la formalización del reconocimiento de quitas o minoraciones dirigido a facilitar los acuerdos de refinanciación o de pago por parte del deudor.
La atribución de personalidad jurídica a la sociedad civil resulta relevante a efectos de determinar la tributación de su transformación en una sociedad de responsabilidad limitada.
El TSJ Madrid declara nulo de pleno derecho el apartado décimo de la Instr DGRN 18-5-11 en virtud del cual se exime de la necesidad de tener que acreditar la exención del ITP y AJD a efectos de la inscripción registral de la escritura de constitución de una sociedad.
El régimen fiscal previsto para las operaciones societarias le resulta de aplicación no solo a las aportaciones de fondos sino también a las retiradas de efectivo por el socio- partícipe.