Incremento del tipo de retención por IRPF en caso de regularización (RS 42/21 19 de Octubre de 2021 al 25 de Octubre de 2021)

Desde el 21-10-2021 cuando se produzcan regularizaciones, el nuevo tipo de retención aplicable no puede ser superior al 47% (antes 45%). El citado porcentaje es el 19 % (antes 18%) cuando la totalidad de los rendimientos del trabajo se hubiesen obtenido en Ceuta y Melilla y se beneficien de la deducción por rentas obtenidas en dichos territorios prevista en la LIRPF.

Prueba de residencia en el extranjero en ejercicios anteriores (RF 42/21 19 de Octubre de 2021 al 25 de Octubre de 2021)

La presunción de veracidad de autoliquidaciones presentadas en ejercicios anteriores sobre la que se sostiene la denegación por la Administración de la aplicación del régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español, puede ser desvirtuada si la parte interesada aporta pruebas que puedan llevar a la autoridad competente a la conclusión de que su residencia fiscal durante los últimos diez años anteriores estaba efectivamente en el extranjero.

Modificaciones en el Reglamento del IRPF (RF 42/21 19 de Octubre de 2021 al 25 de Octubre de 2021)

Con efectos a partir del 21-10-2021, se modifica el RIRPF, para adaptarlo a los cambios introducidos en la LIRPF por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021, a la vez que se desarrollan determinados aspectos de tales medidas.

Valoración de bienes inmuebles (RF 42/21 19 de Octubre de 2021 al 25 de Octubre de 2021)

Para determinar el valor de los bienes inmuebles en el IP conforme a la regla prevista en la LIP art.10.Uno, no cabe minorar dicho valor en el importe de las amortizaciones practicadas en el ámbito del IRPF.