Los empleadores quedan obligados, entre otras funciones, a evaluar los riesgos laborales y a proporcionar equipos de trabajo y EPIs de los trabajadores incluidos en la relación laboral especial del servicio del hogar familiar. Asimismo, se obliga a la realización de reconocimientos médicos periódicos a cargo del sistema nacional de salud.
Se reconoce el derecho de una empleada de hogar a percibir la prestación por desempleo a pesar de haber sido despedida antes de la entrada en vigor de la norma que reconoció este derecho. Aplica la perspectiva de género y la jurisprudencia del TJUE que provocó el cambio normativo al calificar como discriminatoria la regulación que excluía a este colectivo, altamente feminizado, de la cotización y las prestaciones por desempleo.
Se considera despido improcedente y no dimisión, la tramitación de la baja en la Seguridad Social de una empleada de hogar que regresa de sus vacaciones a su país de origen excediendo de los 30 días a los que tenía derecho, sin autorización de la empleadora, al no poder adquirir o cambiar otro billete de vuelta.
A partir del 1-1-2023, se elimina la distinción de los empleados de hogar que prestan servicios durante más o menos de 60 horas mensuales por empleador, asumiendo estos en todo caso las obligaciones que afectan al empleado de hogar en materia de cotización y alta.
Se incluye en el ámbito subjetivo del FOGASA al colectivo de empleados del hogar en caso de insolvencia del empleador y se establecen las bases y el tipo de cotización aplicable desde el 1-10-2022 hasta el 31-12-2022.
La prestación por desempleo pasa a formar parte de la acción protectora del sistema especial de empleados del hogar, siendo por tanto, desde el 1-10-2022, obligatoria su cotización.
Se introducen reducciones y bonificaciones en la cotización de los empleados de hogar, y se les aplican deducciones ya existentes.
Se establecen las bases y tipos de cotización para el 2023.
Con el fin de eliminar las diferencias existentes que provocaban que su protección frente al despido fuera inferior a la del resto de los trabajadores, se elimina la figura del desistimiento y se recogen nuevas causas justificativas de la extinción del contrato.
A fin de equiparar las condiciones contractuales de los empleados del hogar al resto de los trabajadores, su contrato de trabajo se presume indefinido y a jornada completa en defecto de pacto por escrito, y se regula el derecho a recibir información sobre los elementos esenciales del contrato y las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral si los mismos no figuran en el contrato formalizado por escrito.