Despido disciplinario por desconsideración del conductor de una funeraria que impuso a los clientes una música inapropiada

Es procedente el despido de un conductor de una funeraria que desobedece a la empresa transportando en el coche fúnebre a la hija del difunto y la dispensa un trato inapropiado o vejatorio al imponerle la escucha de una música totalmente inapropiada (calificable de algarabía popular), que era totalmente inidónea en ese momento luctuoso. La actitud del trabajador generó un perjuicio importante al buen nombre del negocio funerario que se rige por unos códigos de discreción, prudencia y cercanía que son exigibles a sus empleados. Se entiende que no hay vulneración de la garantía de indemnidad al interponerse denuncia ante la ITSS el mismo día del despido, denuncia de la que se dio traslado a la empresa meses después.

Orden de preferencia en el ejercicio de la opción anticipada entre indemnización y readmisión

Cuando la opción a favor de la extinción de la relación laboral la ejercitaron tanto el trabajador (solicitando el reconocimiento de una indemnización calculada hasta la fecha de la sentencia y salarios de tramitación) como el FOGASA (que limitaba la indemnización a la fecha del despido y sin salarios de tramitación) es prioritaria y preferente la opción personal del trabajador frente a la del FOGASA que es sustitutiva de la titular inicial -la empresa- que tenía una opción genérica.