Prestación extraordinaria de cese de actividad para los autónomos que no tienen derecho a la prestación por cese compatible con la actividad o a la prestación ordinaria de cese de actividad (RS 04/21 26 de Enero de 2021 al 01 de Febrero de 2021)

Con efectos desde el 1-2-2021, se establece una nueva una prestación extraordinaria de cese de actividad para aquellos trabajadores autónomos que, no siendo afectados por el cierre de su actividad, vean reducidos sus ingresos y no tengan posibilidad de compatibilizar la prestación de cese de actividad con el trabajo por cuenta propia o que no tengan derecho a la prestación ordinaria de cese de actividad regulada en la LGSS.

Suspensión de la aplicación del tipo de cotización aplicable por contingencias profesionales y por cese de actividad de los trabajadores autónomos (RS 04/21 26 de Enero de 2021 al 01 de Febrero de 2021)

A partir del 1-2- 2021, y mientras no se lleve a cabo la subida del SMI para el año 2021, no va a ser de aplicación la previsión sobre el aumento progresivo de los tipos de cotización aplicables por contingencias profesionales y por cese de actividad (
RDL 28/2018 disp.trans.2ª
), por lo que los tipos de cotización aplicables por contingencias profesionales y por cese de actividad de los trabajadores autónomos incluidos en el RETA y en el RETM van a ser los vigentes a 31-12-2020.

Prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia (RS 04/21 26 de Enero de 2021 al 01 de Febrero de 2021)

A partir del 1-2-2021 se prevé la posibilidad de compatibilizar la prestación de cese de actividad prevista en la LGSS con el trabajo por cuenta propia hasta el 30-5-2021 de acuerdo con los requisitos y condiciones que se indican

Prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores de temporada (RS 04/21 26 de Enero de 2021 al 01 de Febrero de 2021)

Con efectos desde 1-2-2021, los trabajadores de temporada que, como consecuencia de las especiales circunstancias que la pandemia ha provocado se han visto imposibilitados para el inicio o el desarrollo ordinario de su actividad, pueden ser beneficiarios de esta prestación extraordinaria de cese de actividad con una duración máxima de 4 meses y por el importe del 70% de la base mínima de cotización.

Prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores autónomos que tengan que suspender toda actividad como consecuencia de medidas de contención del coronavirus (RS 04/21 26 de Enero de 2021 al 01 de Febrero de 2021)

Desde el 1-2-2021, se establece una nueva una prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación del COVID-19.