Modificación de la prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia (RS 05/21 02 de Febrero de 2021 al 08 de Febrero de 2021)

Forma de acreditar la reducción de ingresos de los trabajadores autónomos que tributen en el IRPF por estimación objetiva

Modificación de la prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores autónomos que tengan que suspender toda actividad como consecuencia de medidas de contención del coronavirus (RS 05/21 02 de Febrero de 2021 al 08 de Febrero de 2021)

Cuando la solicitud de la prestación se solicite fuera de plazo, la exención de la obligación de cotizar lo es desde el primer día del mes en el que se haya solicitado la prestación (antes de la reforma lo era desde el primer día del mes en el que la autoridad gubernativa hubiera determinado la prohibición de la actividad).

Modificación de la prórroga de la prestación extraordinaria de cese de actividad establecida por el RDL 30/2020 (RS 05/21 02 de Febrero de 2021 al 08 de Febrero de 2021)

Los trabajadores autónomos que a 31-1-2021 vinieran percibiendo la prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad, como consecuencia de resolución de la autoridad competente, como medida de contención de la propagación del virus COVID-19 (
RDL 30/2020 art.13.1
) pueden continuar percibiéndola con los mismos requisitos y condiciones, durante el tiempo que permanezca la actividad suspendida y hasta el último día del mes en que se acuerde el levantamiento de las medidas o el 31-5-2021 si esta última fecha es anterior ( y no -como hasta ahora se establecía- hasta el último día del mes siguiente al que se levante dicha medida o hasta el 31-5-2021 si esta última fecha es anterior).