Hipoteca unilateral a favor de la Administración pública

Se establece por el TEAC, con carácter vinculante, que el sujeto pasivo en la constitución de este tipo de hipotecas es el acreedor a cuyo favor se constituye la garantía.

Cómputo de plazos en las reclamaciones económico administrativas

No cabe aplicar la regla de supletoriedad de la LEC sobre presentación de escritos y requisitos de tiempo de los actos procesales, al no ser trasladable a las reclamaciones económico-administrativas ni a los recursos de alzada que puedan interponerse frente a los Tribunales Económico Regionales.