Con efectos a partir del 24-12-2015 se adapta en este territorio la normativa del impuesto a las modificaciones efectuadas en el Impuesto sobre la Riqueza y Grandes Fortunas, y se sustituyen las referencias a la bonificación del 75% de los elementos afectos a actividades económicas y participaciones en determinadas entidades por la exención cuando se cumplan determinados requisitos.
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