La consellería de medio ambiente, territorio y vivienda es el órgano de la Administración encargado de las competencias y funciones en materia de ambiente, ordenación del territorio y urbanismo, conservación del patrimonio natural, paisaje y vivienda.
Se estructura en:
a) Conselleiro.
b) Secretaria general técnica. Le corresponde la organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.
c) Dirección general de calidad ambiental y cambio climático. Ejerce las competencias y funciones en materia de evaluación y control de la incidencia que sobre el ambiente provoque la actividad humana, el fomento de sistemas y estrategias de corrección de dicha incidencia, la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el ambiente, la gestión de los sistemas de observación ambiental y predicción meteorológica de Galicia y el impulso de la investigación ambiental y el desarrollo tecnológico para el logro de la adecuada protección ambiental.
d) Dirección general de patrimonio natural. Ejerce las competencias y funciones en materia de conservación, protección, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia y de sus elementos etnográficos, y su preservación para las generaciones futuras y, en particular:
– el fomento de medidas de desarrollo socioeconómico de los espacios naturales protegidos;
– la ordenación, conservación, protección, fomento y aprovechamiento sostenible de los recursos cinegéticos y piscícolas en las aguas continentales;
– la divulgación de los valores del patrimonio natural; la gestión de los hábitats naturales, de la flora y fauna silvestres, de los paisajes naturales y de los elementos singulares de la gea de la Comunidad Autónoma gallega;
– el desarrollo y dinamización del uso público y recreativo del medio natural;
– la promoción de la defensa integral de la naturaleza y de los elementos que la componen;
– la conservación específica de los espacios que componen la Red gallega de espacios protegidos y de la Red Natura 2000 de Galicia o de otras zonas de alto valor ambiental, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos;
– el estudio y la elaboración de los proyectos normativos en el ámbito de sus funciones;
– el informe de recursos interpuestos contra resoluciones dictadas por la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Natural en las materias de su competencia;
– las funciones inherentes a la gestión económica, ejecución, seguimiento, control y gestión de la ejecución de los contratos administrativos y actividades de fomento en el ámbito de su competencia por razón de la materia; y
– la gestión de los expedientes de contratación menores de competencia de la dirección general por razón de la materia.
e) Dirección general de ordenación del territorio y urbanismo. Ejerce las funciones inherentes a la dirección, planificación, impulso, gestión y coordinación de las competencias que, en materia de urbanismo, ordenación del territorio y del litoral, así como las autorizaciones y los informes en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre y en el suelo rústico que tiene atribuidas la consellería y, en particular:
Generales | • La materialización y puesta en práctica de la política territorial y de utilización racional del suelo con la finalidad de favorecer el desarrollo equilibrado y sostenible del territorio; contribuir a elevar la calidad de vida y la cohesión social de la población y proteger y potenciar el patrimonio natural y cultural. • El ejercicio de las funciones atribuidas por LSGA o norma que le sustituya. • El fomento de la formación y de la investigación, y la elaboración y divulgación de estudios y proyectos en materia de urbanismo, ordenación del territorio y litoral. • El fomento, seguimiento y control de la actividad urbanística, sin perjuicio de las competencias de los municipios y el requerimiento de anulación de actos de aprobación de instrumentos de plan y gestión urbanística. • El fomento de la participación ciudadana en la formulación, tramitación y gestión del plan territorial y urbanístico. • El apoyo y asesoramiento necesario a la Comisión Superior de Urbanismo de Galicia. • La elaboración de proyectos y anteproyectos de disposiciones normativas en materia de urbanismo, ordenación del territorio y litoral. • La coordinación de los servicios territoriales de urbanismo. • La tramitación y propuesta de resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial en el ámbito de sus competencias. • Las funciones inherentes a la gestión económica, ejecución, seguimiento, control y gestión de la ejecución de los contratos administrativos y actividades de fomento en el ámbito de su competencia. • La gestión de los expedientes de contratación menores de competencia de la dirección general por razón de la materia. • El ejercicio de cualquier competencia en materia de urbanismo que la legislación vigente atribuya a la Administración autonómica, sin especificar el órgano para ejercerla. • La realización de actuaciones de mejora de entornos urbanos, de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas y de equipamientos públicos que tengan por finalidad la revitalización del territorio y el reequilibrio territorial. • La emisión de informes preceptivos en materia de costas. • La preparación de los informes que han de emitirse. • El análisis y la propuesta de informe de los expedientes de solicitud de autorización de ejecución de grandes establecimientos comerciales sobre su adaptación al plan vigente y en tramitación, para la puesta en conocimiento de su viabilidad a la Comisión Consultiva de Equipamientos Comerciales. • Informe de recursos interpuestos contra resoluciones dictadas por la persona titular de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo en las materias de su competencia. • Asesoramiento y emisión de informes sobre la aplicación de la normativa vigente. |
Ordenación del territorio y del litoral | • Impulso de la cooperación con todas las administraciones públicas. • La programación, dirección y control de la política de ordenación del territorio y del litoral. • La elaboración y tramitación administrativa de los instrumentos previstos en LSGA que se formulen por iniciativa de esta consellería. • La coordinación con las restantes consellerías u otros organismos o entidades para la formulación de sus correspondientes planes o programas de carácter sectorial con incidencia sobre el territorio, así como el seguimiento, archivo y registro de los instrumentos de ordenación del territorio aprobados. • La elaboración de informes respecto de los demás instrumentos de ordenación del territorio. |
Urbanismo | • La preparación de los informes que, con carácter previo a la aprobación inicial o definitiva de instrumentos de planeamiento urbanístico por parte de los ayuntamientos, prevé LSGA. • La elaboración de las propuestas de resolución respecto de los instrumentos de planeamiento urbanístico cuya aprobación definitiva sea competencia de la persona titular de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda. • La elaboración y tramitación administrativa de las normas técnicas de planeamiento. • La tramitación administrativa de los instrumentos de planeamiento urbanístico. • El apoyo técnico y económico y la colaboración con las entidades locales para la formulación y tramitación del planeamiento urbanístico y su gestión y ejecución. • El seguimiento, archivo y registro de los instrumentos de planeamiento urbanístico aprobados y el requerimiento de anulación de actos de aprobación de instrumentos de plan y gestión urbanística. • El seguimiento, control y actualización del estado del planeamiento en Galicia. • La asistencia y coordinación a los ayuntamientos en relación con los expedientes de las subvenciones que, en materia de planeamiento, se tramiten en esta consellería. |
Quedan adscritos los siguientes órganos:
• Instituto de estudios del territorio.
• Instituto gallego de la vivienda y suelo.
• Agencia de protección de la legalidad urbanística.
• Comisión superior de urbanismo de Galicia.
• Comisión de seguimiento de las directrices de ordenación del territorio de Galicia.
• Observatorio gallego de la biodiversidad.
• Observatorio gallego de educación ambiental.
• Comité consultivo para la protección animal.
• Comités provinciales de pesca fluvial.
• Comité gallego de caza.
• Comité gallego de los árboles singulares.
• Comisión de coordinación de sistemas de información geográfica y cartográfica.
• Observatorio autonómico de los ríos de Galicia.
• Consello asesor del paisaje de Galicia.
• Comité asesor de habitabilidad.
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