Con efectos 1-1-2016 se introducen las siguientes novedades:
a) En TPO, en relación con el tipo de gravamen reducido previsto para la adquisición de vivienda habitual por menores de 35 años, se especifica que la suma de las bases imponibles en el IRPF correspondiente a cada adquirente (previamente los adquirentes) no debe exceder de 25.000 euros, debiendo incrementarse en 6.000 euros por cada persona por la que el contribuyente tenga derecho a aplicar el mínimo familiar, excluido el contribuyente.
b) En AJD, relación con el tipo general de gravamen aplicable a los documentos notariales, se prevé la aplicación del 1% cuando se trate de documentos relativos a operaciones sujetas al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre el Valor Añadido.
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