Cálculo de la indemnización por despido de los trabajadores fijos discontinuos (RS 50/20 08 de Diciembre de 2020 al 14 de Diciembre de 2020)

La indemnización por despido improcedente de los trabajadores fijos discontinuos debe calcularse con base en los periodos de actividad, en los que el trabajador haya prestado efectivamente servicios, no debiendo computarse los periodos de inactividad o entre campañas. Además, este sistema de cálculo no puede calificarse como discriminatorio dado que, a diferencia de los trabajadores a tiempo completo, los fijos discontinuos disponen de oportunidades de pluriempleo, que justifica el régimen indemnizatorio.

Cómputo en el despido colectivo de los despidos en periodo de prueba (RS 48/20 24 de Noviembre de 2020 al 30 de Noviembre de 2020)

Se computan los despidos realizados por no superar el periodo de prueba a efectos de calcular los umbrales de un despido colectivo llevado a cabo sin la observancia del procedimiento, declarándose la nulidad de todos ellos.