Novedades en los modelos del Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras (RF 50/25 09 de Diciembre de 2025 al 15 de Diciembre de 2025)

Incorporado al Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra el «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras» (
L 28/1990 art.27 ter
redacc L 4/2025), y al objeto de adptarlos a este cambio, se modifican los modelos 780 y 781 de autoliquidación y pago fraccionado de este impuesto.

Se actualizan los listados de países sobre los que se debe informar en el modelo 289 (RF 50/25 09 de Diciembre de 2025 al 15 de Diciembre de 2025)

Con entrada en vigor el 13-12-2025 y aplicable, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2025, se actualiza la relación de países o jurisdicciones de los residentes fiscales sobre los que deben presentar las instituciones financieras la declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua (modelo 289); así como la relación de países o jurisdicciones que tienen la consideración de «Jurisdicción participante» a efectos de la precitada declaración.

Método de estimación objetiva para el año 2026 (RF 50/25 09 de Diciembre de 2025 al 15 de Diciembre de 2025)

La OM HAC/1425/2025 desarrolla para el año 2026 el método de estimación objetiva del IRPF.

Modificación del modelo 190 (RF 50/25 09 de Diciembre de 2025 al 15 de Diciembre de 2025)

Con la finalidad de disponer de una información más precisa que permita una mejor asistencia a los contribuyentes en la cumplimentación de su declaración del IRPF y la de simplificar trámites para el contribuyente, se modifican los diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador y los ficheros que contengan la información que debe incluirse en el modelo 190.

Orden de módulos para el año 2026 en el Régimen especial simplificado del impuesto (RF 50/25 09 de Diciembre de 2025 al 15 de Diciembre de 2025)

Se aprueba para el año 2026 la Orden que desarrolla el Régimen especial simplificado en IVA, que mantiene los módulos e instrucciones para su aplicación.

Redistribución de viviendas y cambio de uso a apartamentos turísticos (RF 50/25 09 de Diciembre de 2025 al 15 de Diciembre de 2025)

En una escritura que incluye una rectificación de distribución de viviendas en un edificio y un cambio de uso a apartamentos turísticos, se ha de tributar por cada una de las operaciones por separado.

Límites al embargo del salario en especie (RF 50/25 09 de Diciembre de 2025 al 15 de Diciembre de 2025)

La totalidad de las percepciones económicas, en dinero o en especie, percibidas por el trabajador que retribuyan el trabajo efectivo o los períodos de descanso computables como trabajo tienen la consideración de salario, por lo que son embargables con las limitaciones establecidas en la LEC.

Modificación del modelo 282 (RF 50/25 09 de Diciembre de 2025 al 15 de Diciembre de 2025)

Con entrada en vigor el 13-12-2025 y aplicable, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2025, con el objetivo de incluir las inversiones en que puede materializarse la RIC (
L 19/1994 disp.adic.15ª
) se sustituye el modelo 282 por el contenido en el anexo de la presente Orden.

Novedades respecto a las viviendas de uso turístico en Canarias (RF 50/25 09 de Diciembre de 2025 al 15 de Diciembre de 2025)

Se ha regulado el régimen jurídico general del uso turístico de viviendas en el ámbito territorial de la citada Comunidad Autónoma.

Aprobación del Impuesto Complementario en Bizkaia (RF 50/25 09 de Diciembre de 2025 al 15 de Diciembre de 2025)

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien desde el 1-1-2025, se crea un nuevo impuesto para garantizar un nivel mínimo de imposición efectiva del 15% a grupos multinacionales y grupos nacionales de gran magnitud, es decir, aquellos cuyo importe neto de la cifra de negocios consolidado sea igual o superior a 750 millones de euros en, al menos, dos de los cuatro últimos ejercicios inmediatamente anteriores.