Se computa el salario a completo del despedido que disfrutaba del nuevo despido parental a tiempo parcial.
Desde el 30-6-2023 se consideran objetivamente nulos los despidos disciplinarios durante el disfrute del permiso parental, también los de los trabajadores que solicitaron o están disfrutando otros derechos de conciliación o corresponsabilidad reforzados en la última reforma. Desde esa misma fecha la norma procesal ya no reproduce las causas de nulidad objetiva, sino que reenvía a la norma estatutaria. Debe tenerse en cuenta que también puede ser nulo, por discriminatorio, el despido de quienes hayan ejercido sus derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral.
Se autoriza una tasa adicional para garantizar el derecho de acceso a los procesos para reducir la temporalidad en el empleo público.
Se amplían los permisos por fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, así como el de matrimonio y se crea un nuevo permiso parental.
Hasta el 31-12-2023, las empresas se beneficien de apoyo público y adopten medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos por causas relacionadas con la invasión de Ucrania, no pueden utilizar estas causas para despedir.