Las Comunidades Autónomas pueden regular los aspectos sobre la gestión y liquidación del ISD, aplicándose la normativa estatal cuando las mismas no hayan hecho uso de sus competencias. No obstante, la competencia para establecer como obligatorio el régimen de autoliquidación del impuesto corresponde al Estado, que debe introducir en la LISD las Comunidades Autónomas en las que se haya establecido dicho régimen.
En consecuencia, se modifica la ley del impuesto para establecer como obligatorio el régimen de autoliquidación del mismo en Castilla-La Mancha a partir del 1-1-2014.
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