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Porcentajes de retención e ingreso a cuenta en 2012 y 2013

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 (L 2/2012) recoge en materia de IRPF e IS, en los mismos términos, las modificaciones establecidas en su día por el RDL 20/2011 en relación con los porcentajes de retención e ingreso a cuenta en los ejercicios 2012 y 2013, de manera que en dichos períodos impositivos (en el IS desde el 1-1-2012 hasta el 31-12-2013):
– El porcentaje de pagos a cuenta del 19% en el IRPF e IS previsto para los rendimientos del capital mobiliario, se eleva al 21%.
– El porcentaje de pagos a cuenta del 19% en el IRPF e IS previsto para las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, se eleva al 21%.
– El porcentaje de pagos a cuenta del 19% previsto en el IRPF para las ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes públicos, se eleva al 21%.
– El porcentaje de pagos a cuenta del 19% previsto en el IRPF e IS para los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculadas a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios, se eleva al 21%.
– El porcentaje de pagos a cuenta del 19% en el IRPF e IS previsto para los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos, cualquiera que sea su calificación, se eleva al 21%.
– El porcentaje de pagos a cuenta del 19% previsto en el IRPF e IS para los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas y del subarrendamiento sobre los bienes anteriores, cualquiera que sea su calificación, se eleva al 21%.
– El porcentaje de ingreso a cuenta en el IRPF sobre la imputación de rentas por la cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen, se eleva al 21%.
– Asimismo, durante los períodos impositivos 2012 y 2013, el porcentaje de retención del 35% previsto para los rendimientos del trabajo que se perciban por la condición de administradores y miembros de los consejos de administración, de las juntas que hagan sus veces, y demás miembros de otros órganos representativos, se eleva al 42%.

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