Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Plan de Rehabilitación y Vivienda de Extremadura 2013-2016

Con efectos desde el 2-8-2013, se aprueba el nuevo Plan de Rehabilitación y Vivienda de Extremadura 2013-2016, que deroga y sustituye al anterior aprobado por D Extremadura 114/2009.
Los objetivos del nuevo Plan son:
1. Mejorar la conservación, accesibilidad y habitabilidad de las viviendas existentes, integrando en estas obras siempre el factor de la eficiencia y ahorro energéticos.
2. Promover el alquiler como opción rápida, segura y estable en el acceso a la vivienda para aquellas familias que no optan por la adquisición o no pueden conseguir financiación para la compra de la vivienda.
Este Plan:
– simplifica las tramitaciones necesarias para la obtención de las ayudas, además de incorporar la alternativa de la presentación telemática, que en el caso de la rehabilitación será la única forma de presentación;
– agiliza los plazos de calificación y abono; y
– acota el esfuerzo económico de la Administración para la consecución de los objetivos al establecer unos importes globales por programa que se distribuirán en razón de criterios objetivos.
A diferencia de los planes anteriores, se prevé como régimen general de concesión de ayudas el de concurrencia competitiva con convocatorias anuales, lo que permite el deslizamiento de fondos no utilizados por algunos de los programas por falta de demanda a otros más demandados.
El Plan contempla:
– los requisitos generales de las ayudas;
– el régimen de protección y características de las viviendas protegidas;
– las bases reguladoras de todas las ayudas;
– su procedimiento de concesión y régimen sancionador; así como
– otros aspectos relacionados con las ayudas, como los procedimientos de calificaciones de actuaciones y visado de contratos de arrendamientos y compraventas de viviendas protegidas.
Respecto a las novedades introducidas en los correspondientes programas de ayudas y en el régimen jurídico de las viviendas protegidas por el nuevo Plan, ver 3624 s. y nº 3630 s. Memento Inmobiliario 2013.

NOTA
Quedan derogados: D Extremadura 47/1997, D Extremadura 114/2009, D Extremadura 208/2010, D Extremadura 98/2011, D Extremadura 90/2012 y D Extramadura 53/2012.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).