Con efectos a partir del 1-1-2014 se ha aprobado en esta Comunidad Autónoma la ley que recoge las medidas fiscales y administrativas para el año 2014.
En materia del ITP y AJD, se mantienen sin cambios los tipos impositivos aplicables en la modalidad de TPO, así como los aplicables en la modalidad de AJD, y las deducciones del impuesto, vigentes en el ejercicio 2013, limitándose la norma de referencia a su compilación en un texto único para facilitar su aplicación a los interesados y garantizar su seguridad jurídica.
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